¿Cuál es el objetivo de esta ley?
Esta ley introduce un conjunto de mejoras de impacto inmediato, tanto para los alumnos que actualmente estudian con CAE, como a los futuros beneficiarios de éste.
¿A cuántas personas beneficiará?
Beneficia a 365.000 alumnos que son deudores del CAE.
Beneficia a 365.000 alumnos que son deudores del CAE.
¿Cuáles son los beneficios de impacto directo?
Este proyecto incorpora los siguientes beneficios de impacto directo:
Este proyecto incorpora los siguientes beneficios de impacto directo:
a. Disminución de la tasa de interés a un 2% anual para los 365.000 actuales deudores. Es importante recordar que la disminución en la tasa para los nuevos beneficiarios no necesita de un cambio legal.
b. Incorporación de la contingencia al ingreso (con pagos de un 10%). Esta modificación aplica tanto para los antiguos como para los nuevos beneficiarios.
Detalle
1. Disminución de la tasa de interés a un 2% anual para los 365.000 beneficiarios.
Al momento de pagar el crédito, el valor de la cuota mensual disminuye en hasta un 40%. El siguiente ejemplo ilustra lo anterior, en dos carreras de un Instituto Profesional.2. Incorporación de contingencia al ingreso
Esta medida implica que -tanto para los beneficiarios anteriores al 31 de diciembre 2011, como los posteriores- en caso que el valor de la cuota mensual de pago pactada con la entidad financiera correspondiente sea mayor al 10% del promedio del total de la renta obtenida durante los últimos 12 meses, sólo pagarán un monto equivalente a esta última cifra.
La suma que falte para completar el valor de la cuota, será pagada por el Fisco a la entidad correspondiente, sin ser reembolsada por el beneficiario con posterioridad.
Detalle
1. Disminución de la tasa de interés a un 2% anual para los 365.000 beneficiarios.
Al momento de pagar el crédito, el valor de la cuota mensual disminuye en hasta un 40%. El siguiente ejemplo ilustra lo anterior, en dos carreras de un Instituto Profesional.2. Incorporación de contingencia al ingreso
Esta medida implica que -tanto para los beneficiarios anteriores al 31 de diciembre 2011, como los posteriores- en caso que el valor de la cuota mensual de pago pactada con la entidad financiera correspondiente sea mayor al 10% del promedio del total de la renta obtenida durante los últimos 12 meses, sólo pagarán un monto equivalente a esta última cifra.
La suma que falte para completar el valor de la cuota, será pagada por el Fisco a la entidad correspondiente, sin ser reembolsada por el beneficiario con posterioridad.
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